El Decreto 475/2026 alcanza a PSAV, empresas de cobranza, tarjetas y transportadoras de caudales.
El Gobierno nacional amplió las exenciones del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias, conocido como impuesto al cheque, para distintas operaciones del ecosistema financiero y digital. La medida fue oficializada a través del Decreto 475/2026, publicado este jueves 18 de junio en el Boletín Oficial.
La modificación alcanza, entre otros sectores, a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales, siempre que estén inscriptos en el registro correspondiente de la Comisión Nacional de Valores y utilicen cuentas exclusivas para sus operaciones específicas. Además, esas cuentas deberán estar registradas ante la autoridad fiscal, según lo previsto por la normativa vigente.
El decreto también incorpora beneficios para empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y cobranzas por cuenta de terceros, incluidas aquellas que intervienen en el pago de servicios públicos, impuestos y otros servicios. La exención contempla movimientos vinculados con la entrega o el depósito de efectivo en cuentas bancarias o de pago, siempre bajo cuentas destinadas exclusivamente a esas operatorias.
La medida incluye además a empresas que operan sistemas de tarjetas de crédito, compra o débito, en operaciones vinculadas con préstamos bancarios y obligaciones negociables destinadas a financiar su actividad. También quedan alcanzadas las transportadoras de caudales, para cuentas utilizadas exclusivamente en la rendición del efectivo recaudado, siempre que estén inscriptas en el registro correspondiente del Banco Central.
Según los considerandos del decreto, el objetivo es adecuar la normativa a los avances tecnológicos y equiparar el tratamiento de actividades similares dentro del sistema financiero.