La Corte dictó una cautelar y volvió a poner en vigencia la vieja Ley de Tierras

La medida suspende el artículo 154 del DNU 70/2023 hasta que la Justicia federal de Bariloche analice el caso.

La Corte Suprema dictó este viernes una medida cautelar interina que suspendió los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, con lo que volvieron a quedar vigentes provisoriamente las restricciones establecidas por la Ley de Tierras para la adquisición de inmuebles rurales por parte de extranjeros.

La decisión se mantendrá hasta que el Juzgado Federal de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y analice el pedido de cautelar presentado en la causa. De esta manera, el máximo tribunal no resolvió sobre la constitucionalidad de la derogación dispuesta por el decreto.

El expediente fue impulsado por la Asociación Civil Árbol de Pie, comunidades indígenas y otros actores, que cuestionaron el artículo 154 sobre la base del derecho a un ambiente sano y otros derechos colectivos.

El fallo fue firmado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.

La resolución se produjo después de que la Corte rechazara el planteo del CECIM vinculado con la misma normativa por considerar que la entidad no tenía legitimación para impulsar ese reclamo. El tribunal sostuvo ahora que ambos expedientes presentan fundamentos diferentes y afirmó que la nueva medida no implica modificar el criterio adoptado en el caso anterior.

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